REPORTAJE ESCRITO

LA ABSOLVENCIA EN EL PERÚ - CASO PETROAUDIOS

Una denuncia que apareció en el programa dominical Cuarto Poder y en la que se emitieron audios entre Alberto Quimper y Rómulo León exministro aprista para supuestamente otorgarle a la empresa petrolera extranjera la licitación. Los cargos que le imputaron fueron por tráfico de influencias, patrocinio ilegal y cohecho que tras investigaciones Quimper, en el 2012, fue a prisión preventiva domiciliaria. Sin embargo, al violar arresto se vio obligado por las leyes a pisar el penal para reos primarios San Jorge, Cercado de Lima.  

A simple vista parece ilógico, pero en la práctica no lo es, pues para el poder judicial las grabaciones de audios que se hicieron en distintos puntos de encuentro entre los negociantes, fueron "pruebas ilícitas", porque consideraron que el registro de grabaciones fue producto de una intercepción ilegal que viola la privacidad de los acusados, por lo tanto, viciaba su validez para el proceso. No obstante, no se registraban temas o conversaciones relacionados a la vida privada de los interceptados, un valor protegido por nuestra máxima norma. Si no más bien, lo que allí se registraba era de interés público, por tratarse de funcionarios y recursos naturales de la nación, mal administrados. 

Un arresto domiciliario que afectó a uno de los grandes protagonistas del caso Petroaudios, lo cual violó al ser descubierto almorzando más de dos veces en un restaurante, en lo que horas después se escusó que iba a ingresar antes de retornar a su casa tras asistir a una audiencia judicial. Así es, Alberto Quimper ingresó más de dos veces al penal San Jorge en el Cercado de Lima, pero no por el sistema judicial del Perú si no por caprichos suyos que se tomó años atrás al acabar su condena. 

Químper, más conocido como Don Bieto se caracteriza por tener un lenguaje sutil y amical, pues en más de dos ocasiones respondía de manera grotesca e insultos hacia a mis colegas periodistas, pues siempre evadía toda pregunta que se le hacía. Además de resaltar infinitas veces de que es abogado. La abogacía, es una de las profesiones que sin duda salva el pellejo de los mismísimos políticos que se involucran en casos escandalosos delictivos cometidos por ellos, funcionarios y autoridades públicas que abusan de su poder e influencian a realizar un mal uso intencional de los recursos. 

Cuya profesión le permitía tener el respaldo de tantos abogados, en la que reforzaban la idea de que comerse un bocadillo en la calle no era un crimen, era tan solo un desvió y no un abandono de domicilio. Argumento de que existen otros mejores candidatos en cuanto a símbolo de corrupción, porque la única verdad es que era un "alma de Dios", pese a que a logró burlarse de la justicia, según Julio Arbizu Procurador Anticorrupción. En consecuencia, un fallo constitucional que, en ese entonces hasta le pareció incoherente a la ministra de Justicia, Edma Rivas dar la libertad al Sr. Quimper.

Pese al caso esté cerrado en la actualidad 2021, como se dijo al principio mucho de los ciudadanos desconocen las causas de la absolvencia en aquel caso que tenía pruebas explícitas. Ernesto Romero Ortiz, abogado penal con más 30 años de trayectoria nos brinda detalles de la polémica excarcelación y responde los cuestionamientos que tuvimos y tenemos los peruanos respecto a la famosa sentencia absuelta.

ENTREVISTA

¿Por qué la grabación de audios fue ilegal, si el caso fue de interés público al tratarse de funcionarios y recursos naturales de la Nación, además de no registrarse pruebas personales, de privacidad, que incumba a su familia? 

No podría ser de interés público porque muchos de ellos no eran funcionaros públicos y mucho menos PetroPerú, porque es una empresa de carácter privado, lo cual pertenece al Estado peruano, por tanto, se rigen por las leyes de las empresas particulares. Se llevaron a cabo las garantías de la Constitución Art. 2, donde garantiza la libre conversación y que nadie puede ser escuchada sin la autorización de las mismas personas. El único que puede romper el protocolo es el Juez y que con solo una resolución puede autorizar a que las grabaciones de audio sean legales. Los audios de Quimper, el juez las declaró ilegales y es por eso que no podían ser usadas como prueba.

Entonces, ¿cómo tuvo que haber surgido el caso para que las pruebas sean lícitas?

Denunciar ese hecho ante la fiscalía de prevención, para eso debo tener pruebas mínimas que haga presumir que se va a cometer ilícito penal. El juez autoriza las grabaciones de audios a la fiscalía y este trabaja con la policía especializada, en este caso grupo Constelación que es un grupo especializado de la policía que captura escuchas.



En el Perú gran masa de políticos son absueltos de su condena, pese a las pruebas que sustentan la veracidad de sus actos ilícitos. 

Escribe: Shantall Velarde 

A tres meses de la muerte de Alberto Quimper, protagonista de uno de los casos más escándalos en el régimen político del Perú, es imposible no mencionar el caso Petroaudios. La ausencia del exejecutivo de la compañía estatal Petroperú cuestiona una vez más el desenlace de la historia que indignó a miles de peruanos en el segundo gobierno de Alan García en el año 2008, y es que a gran parte de la población dejó de cuestionarse respecto al tema legal, pues pese a las pruebas no hubo sentencia a los involucrados absolviéndolos de algunos delitos.

Los familiares de Alberto Quimper declararon que el exfuncionario tenía problemas de salud desde hace varios años y que su deceso se produjo el último lunes 12 de julio del 2021, detalles que obtuvo el diario El Comercio. Entre los antecedentes penales y judiciales, el exfuncionario obtuvo una denuncia el 5 de octubre del 2008, pues negociaba secretamente el pago de dos millonarias comisiones, lo cual recibirían a cambio de la adjudicación de 5 lotes petroleros de la empresa noruega Discover Petroleum para la explotación de hidrocarburos ubicados en Pisco, Nazca y Madre de Dios. 

Entonces, es ahí donde al pueblo peruano deja de interesarle temas judiciales anticorrupción o corrupción porque entra en un estatus controversial respecto al desenlace, donde la jurisprudencia toma el centro de atención y el poder de la decisión. Según de la facultad de derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú, "El aceptar pruebas de este tipo (audios o videos registrados sin consentimiento, o con consentimiento parcial, de los interlocutores) es algo en lo que nuestra jurisprudencia no parece estar completamente de acuerdo".  

Respecto al delito de tráfico de influencias, conforme al artículo 400 del código penal si e acusado es agente, funcionario o servidor público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal y con trescientos sesenta y cinco setecientos treinta días-multa. Un delito o que atenta contra el correcto y regular funcionamiento de la Administración Pública, que afecta y pone en peligro al estado peruano

Fotos de la cuenta de instagram @kathrynalcantara.mk 

¿Por qué a nuestra jurisprudencia no parece estar completamente de acuerdo el aceptar pruebas de este tipo, ya sean audio o video registrados sin consentimiento o con consentimiento parcial de los interlocutores?

En el caso de Quimper y su amigo Rómulo León se salieron con las suyas, los abogados anularon todas esas pruebas y el resto eran solo dichos y nadie puede ser sentenciado por ello. Sin embargo, en el 2019 se modificó la ley. La nueva legislación que deriva una escucha a un ilícito penal contra la sociedad y que pasa por el filtro del Fiscal y el Juez. Si ellos dicen que efectivamente ha sucedido una escucha ilegal, el Juez previa a motivación de la resolución los vuelve legales, solamente en el parte ilícito del penal. 

Respecto a las escapadas de Alberto, para sus amigos abogados, el comer un bocadillo en la calle no fue crimen, era tan solo un desvío y no un abandono de domicilio...

 Él tenía arresto domiciliario, no podía salir de su casa, solo con autorización de un magistrado. Era una persona de edad, por ende, había más probabilidades de que sufriera problemas de salud de mucha gravedad. Todos los que tienen detención domiciliaria, tienen policías adscritos, ellos ponen en conocimiento el motivo de porqué se le trasladó a tal sitio y se justifica con los informes médicos correspondientes. 

Pero en este caso, Quimper había salido a un restaurante en San Isidro, inclusive fue la razón por lo que acudió por segunda vez a la cárcel...

Lo que pasa que Quimper argumentó el beneficio que tiene ser judío, dejó de lado el Juez penal por el Constitucional que ve la garantía Constitucional. Su equipo de abogados puso el ejemplo de la comida Kásher, propios de los judíos que tienen ciertos requisitos y que hay ciertos restaurantes que preparan este tipo de comida. Entonces, para un judío que esté con arresto domiciliario puede salir a comer allá, porque es parte de su garantía constitucional. Así, Quimper, argumentó de que tenía que ir al restaurante porque era un lugar en el cocinaban comida especial para diabéticos, enfermedad la cual padecía. 

 En la actualidad, no se está dando tanta absolución, pero eso no quiere decir de que haya acabado por completo. La política se está acogiendo de los beneficios de la actual ley COVID-19, la cual permite que todos los mayores de 60 años vayan a su casa a un arresto domiciliario más cómodo.

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